Planes de vigilancia oficial para la resistencia antimicrobiana:

En la Resolución conjunta 834/2015 y 391/2015, publicada el 29 de junio de 2015, así como en la Resolución n.° 609/2007 de la SENASA del 28 de septiembre de 2007, se establece que todos los productos veterinarios con acción antimicrobiana se encuentran en la categoría de venta bajo receta. En 2011 la Resolución n.° 666/2011, publicada el 14 de septiembre del 2011, se determina que los establecimientos de producción de animales para consumo humano deben llevar un registro de tratamientos, sujeto a inspección del SENASA, en el que se deberá consignar toda administración de productos veterinarios a los animales de producción.

En 2013 el SENASA instituyó el Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos Fitosanitarios y Veterinarios para conocer el volumen y tipo de antimicrobianos que se comercializan como productos veterinarios. Este sistema en línea se basa en las declaraciones juradas de la venta de productos veterinarios que involucra a todos los eslabones de la cadena comercial, desde el elaborador o el importador del producto hasta el veterinario que indica y vende el producto.

De esta manera, toda vez que se realiza una venta, el vendedor debe declarar qué vendió y el comprador que aceptó la venta y que asume la responsabilidad de la tenencia de los productos adquiridos.


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